De nueva, atdochado... Quisiera a ver si me podías mandar una relación del porcentaje de amortización de los diferentes bienes así como los años en los que los puedo amortizar´: construcción, telefonía móvil, elementos de transporte, mobiliario, equipos informáticos. Así mismo, quisiera saber cómo puedo sacar de la contabilidad teléfonos móviles que hace años no existen, pero que la anterior persona que estaba a cargo de la contabilidad se le olvidó sacar, hablo de una cantidad de 4.000 euros. Y por último, las amortizaciones finalizadas por cumplir el plazo máximo amortizable, ¿se cancelan con alguna cuenta o se quedan permanentemente en la contabilidad?.
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Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
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Adolfo T Dochado Soto, Especialista en Análisis, Organización, Auditoría y Asesoría de...
No debe confundirse la AMORTIZACIÓN ECONÓMICA - y su registro contable - con la AMORTIZACIÓN FISCAL - como gasto fiscalmente deducible -. La AMORTIZACIÓN es el proceso por el que se RECUPERA el valor de un elemento del Inmovilizado Material o Inmaterial - sometido a envejecimiento, desgaste y/o obsolescencia - al incorporarlo al COSTE de fabricación de los productos o de prestación de los servicios propios de la empresa en cuyo PATRIMONIO se incluye dicho Inmovilizado. La AMORTIZACIÓN es un concepto ECONÓMICO y representa un GASTO que no implica ningún pago a terceros. Como tal concepto ECONÓMICO, dotado de valor monetario, ha de ser REGISTRADO CONTABLEMENTE. La CUOTA PERIÓDICA DE AMORTIZACIÓN puede calcularse aplicando diversos métodos: lineal, progresivo, degresivo, serie de números naturales, etc. No obstante, el método más habitual es el LINEAL o DE CUOTA CONSTANTE. En este método se toma, de una parte, el PRECIO DE ADQUISICIÓN del elemento del Inmovilizado susceptible de amortización. ¿Se determina su VIDA ÚTIL TÉCNICA? Generalmente corresponde a un número de horas de uso, a un número de horas sin fallos, ¿o a un número de piezas que pueden fabricarse? y/o ECONÓMICA? ¿Generalmente corresponde a un número de años a contar desde el momento de la adquisición o de la puesta en marcha del elemento del Inmovilizado susceptible de amortización?. ¿Y se determina el VALOR RESIDUAL? ¿Valor del elemento del Inmovilizado que resulte recuperable al final de su Vida Útil?. La CUOTA ANUAL de amortización se calcula DIVIDIENDO el resultado de restar el VALOR RESIDUAL al PRECIO DE ADQUISICIÓN del Inmovilizado, por el NÚMERO DE AÑOS de Vida Útil Económica. Si disponemos de la Vida Útil Técnica, podemos obtener la CUOTA DE AMORTIZACIÓN por HORA o por PIEZA. Esta CUOTA se MULTIPLICA por el NÚMERO DE HORAS ANUALES o por el NÚMERO DE PIEZAS ANUALES para determinar la CUOTA ANUAL DE AMORTIZACIÓN. La CUOTA PERIÓDICA determinada a partir del PRECIO DE ADQUISICIÓN, de la VIDA ÚTIL TÉCNICA y/o ECONÓMICA y del VALOR RESIDUAL es la que debe ser REGISTRADA CONTABLEMENTE.