Duda sl

Leyendo quienes tienen que estar dados de alta como autónomo hemos llegado a una pequeña conclusión, pero por lo que he leído por aquí tampoco es válido. Mi idea era crear una s.l. Donde yo tenga el 24%, mi pareja el 24% y mi padre con el que no convivo el 52% siendo solo socio capitalista y no desempeñando dirrecion y gerencia de la empresa y siendo mi pareja la administradora en teoría dada de alta en el régimen general asimilado,¿debe estar alguien dado de alta como autónomo por obligación? Y la idea es crear un centro educativo de formación,¿habría alguna otra posibilidad legal? Teniendo en cuenta que necesitaríamos contratar más genet aparte de los que creamos la empresa, muchas gracias y si me puedes hacer referencia a la ley que obliga a darse de alta como autónomo te lo agradecería

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No te lies, son personas que quieren montar una sociedad y no darse de alta, ninguno de los socios.
En vuestro caso sois tres socios y uno trabajará como administradora, por lo tanto será la que estará dada de alta ¿Cómo? Pues lo marca el porcentaje que tiene de la sociedad y es en régimen general, por lo tanto olvida lo que has leído.
No se si habías pensado como crear la sl estudia esta posibilidad www.circe.es
El porcentaje de mi pareja es del 24% y el mio del 24% y mi padre no convive con ninguno de nosotros, pero mi pareja y yo si vivimos juntos, ¿ella podría estar dada de alta como régimen general asimilado no? Si en el futuro nosotros trabajamos para la sociedad pero sin dirección y gestión de empresa, ¿simplemente cómo conferenciantes deberemos darnos de alta como autónomos? Gracias
¿No? Es un régimen general normal y corriente, la sociedad como bien has dicho tu pareja solo tiene un 24% y es la única trabajadora por lo tanto esta a tiempo completo, porque es la única que administra y trabaja además la sociedad tendrá que contratarla y tener el plan de prevención de riesgos laborales de ella y los demás trabajadores que contratéis.
La otra pregunta no la entiendo, creo que preguntas que si realizas conferencias puntuales por medio de la sociedad, depende si la labor de ella incluye dentro de su nómina estos servicios o no, en tu caso, si, te puedes dar de alta como formador con actividad fuera del local y facturar por tus servicios a la sociedad.
¿Entonces podría crear una sociedad limitada sin que no tenga a nadie dado de alta como autónomo? ¿Y el régimen general asimilado o es como el régimen general pero sin cotizar al desempleo y al fogasa no? Muchas gracias
No te he dicho que tienes que cotizar desempleo y fogasa porque tu novia es una contratada de la sociedad, porque solo tiene un 24% y además tenéis que tener prevención de riesgos laborales que tenéis que contratar.
¿Entonces podría montar una sociedad limitada sin darse de alta ningún socio como autónomo ni tener contratada a ningún autónomo? Es que me han dicho que necesito que alguien este dado de alta como autónomo para poder crear la sociedad limitada, que como mínimo debe ser la administradora, ¿en este caso mi novia ella se tendría que dar de alta como autónoma? Muchas gracias
No puede ser autónomo, porque esto no es una elección vuestra, esto es una norma impuesta por seguridad social, lo queráis o no.
Pero esto es en vuestro caso, por el porcentaje de ella en la sociedad.
Yo creo que estas confundiendo los términos lo que habrán dicho es que una sociedad tiene que tener un administrador, y es el que se da de alta en autónomos. ¿Verdad?
Bien, si es así, pero luego llega la seguridad social y decide que un socio, aunque sea socio si no tiene poder de decisión sobre la sociedad (por su porcentaje) es un trabajador en régimen general con toda la protección para el trabajador que eso conlleva, porque mañana puede ser despedido, por lo tanto tiene que tener sus derechos reconocidos.
Por lo tanto no es una elección vuestra.
Perdón por ser tan pesado pero creo que te voy entendiendo, los términso generales dicen que el administrador tiene que ser autónomo pero en este caso la seguridad social hace una exclusión o lo pone como régimen general porque en este caso y con el porcentaje que tiene mi pareja solo puede estar como régimen general, ¿es así? Muchas gracias
Si, exacto, pero pregunta lo que desees, yo te responderé todo lo que sepa y cuando no también te lo diré, no me gusta dar respuestas erróneas.
¿Te he escrito sobre otra pregunta te añado la información vale? Y muchas gracias por su atención es de una ayuda muy importante
Somos 3 socios unos con el 52% y los otros dos con el 24% y queríamos aportar el socio del 52% ordenador de sobremesa con pantalla de ordenador televisor con facturas de hace 5años así como impresora y su vehículo que te comentaba, ¿y los otros socios uno de ellos aportaría un portátil comprado hace 2 meses por 450? ¿Y una impresora de 120? ¿Y el otro socio aportaría un ordenador de sobremesa comprado hace un año aproximadamente y una pantalla comprada hace escasos meses pero de esos solo tengo la anotación en la tarjeta y no la factura en si y de capital social pensábamos aportar el mínimo 3.005? Y el resto aportarlo ya si en dinero, ¿y todo esto deberíamos ponerlo por escrito ante notario o haría falta algo más? Muchas gracias

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