Autónomo

Ante todo gracias por tu ayuda, a ver si me puedes ayudar en el tema que me ocupa. Mi madre tiene un comercio en un local alquilado y como su edad de jubilación esta próxima hemos pensado que lo mejor seria pasar el contrato a mi nombre, me gustaría saber de que forma le notifico al dueño del local la subrogación. El contrato es de renta antigua, data de 1966.

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Contrato alquiler.-
Feliz Año, antes de nada.-
Vamos a ver:
Lo primero que tenemos que tener muy claro, es lo siguiente:
El contrato de alquiler depende de la voluntad de ambas partes, del consentimiento de las dos.-
Si hablamos de subrogación, estamos modificando una característica básica del contrato de alquiler que, el propietario no va a consentir y ello en base a que posiblemente le interese que deje de sujetarse a la normativa anterior.-
Es decir, al notificarle el acto de subrogación, no hacemos nada; es necesario que la otra parte preste consentimiento a ello.-
Y, puede este hecho, estar esperándolo el propietario para proceder a la negociación de un nuevo contrato sujeto a la normativa vigente en tema de arrendamientos.- Con lo cual, perderíamos todas esas ventajas de los contratos anteriores a la nueva LAU.-
Se hace necesario, analizar el contrato de alquiler y, si no se prohíbe el subarriendo, redactaría un nuevo contrato de tú madre hacia ti, con lo que el primer contrato estaría a salvo.-
Problema añadido de cara a Hacienda es el siguiente:
1. - Tú deducirías el IVA soportado del alquiler
2. - Tú madre, presentaría un modelo trimestral de IVA, en el que efecto sería nulo, porque, soportaría el IVA que le gira el propietario, y declararía el IVA que te cobra a ti.- Con lo que todo se reduce a una formalidad en cuanto a la presentación de IVA del alquiler.-
Al darle de baja de toda la actividad, debo dejarla de alta a efectos de liquidar IVA por alquileres, lo cual haré trimestralmente y, a final de año, presentaré el resumen final.-
Si pretender seguir con la notificación de la subrogación, de hacerla Yo lo haría mediante telegrama con acuse de recibo.-
Respuesta
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La comunicación, como me preguntas, debe hacerse por escrito y si es posible certificada. Lo que te indico como complicación es que no tengo muy claro si la subrogación implicará una actualización de la renta según los cambios en la ley de arrendamientos urbanos. Este tema creo que deberías tratarlo expresamente con un abogado por si las condiciones del alquiler varían con la subrogación o con alguna otra figura jurídica como puede ser que la empresa siga a nombre de tu madre y tu trabajes en ella o similar.
Saludos y siento no poder ayudarte más.

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