Autónomos

Buenas tardes.
Soy Psicóloga recién licenciada y acabo de encontrar trabajo. La persona que me contrata me ha indicado que debo darme de alta como autónoma, pero me ha recomendado que no lo haga, pues quizá trabaje sólo media jornada y que no merece la pena...
Mi pregunta es qué pasa si me pillan/y cómo me pillan, si decido no darme de alta. ¿Hay una multa? ¿De cuánto es?
EN el trabajo que voy a desempeñar yo no voy a emitir facturas a mi nombre, ¿por lo que no sé que impuestos tendría que pagar a parte de la SS? Cuando cobrara a fin de mes, ¿es cómo si emitiera una factura por dicha cantidad y es a esa cantidad a la que se aplica el IRPF?
Estoy muy perdida
Muchas gracias
Ana
Respuesta
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La verdad es que la legislación Española está hecha solo con afán de recaudar, no de ayudar a las empresas o nuevos empresarios... por tanto, no hay una opción por la que puedas tributar "solo a media jornada", por ejemplo.
-Darte de alta como autónomo, supone el pago de la cuota mensual de autónomo, que dependiendo del sector, está entre 250 y 350 euros mensuales... Además de eso, tienes que presentar declaración trimestral de iva y declaración de IRPF; Si no tienes mucha idea, esto supone el pago de unos 100 euros más a una gestoría para que te hagan todo esto. Por supuesto, no te recomiendo para nada la "Estimación Objetiva", ya que aunque no tienes que presentar documentación y te ahorras la gestoría, ellos calculan lo que debes de pagar por "estimaciones objetivas" sobre lo que vas a ganar... da igual si lo ganas o no.
- Por tanto, quizás, lo que te recomienda la empresa podría ser una buena opción y las posibilidades de que te pillen son muy bajas; Prácticamente solo se realizan inspecciones de trabajo a empresas que son denunciadas... Pero si por casualidad te cogen, la multa puede oscilar entre los 900 y 15.000 euros. No conozco a nadie que le hayan multado, así que, no puedo precisarte cuánto te pondrían de multa.
- En caso de decidir darte de alta en la SS. SS como autónomo, en tus facturas deberás incluir una retención del 15% (descontarla del importe de factura), ya que la empresa deberá ingresar esa retención en tu nombre... los 3 primeros años, solo se aplica un 7% de retención.
-El importe de lo que debes cobrar, dependerá de lo que tu quieras cobrar, y a esa cantidad, añádele los 250 euros (mínimos) que te cuesta el autónomo, la cantidad de IRPF que te descuentan (15%-7%) y los gastos que tengas que soportar de gestoría, etc...
He encontrado una página que habla un poco sobre el "Laberinto Fiscal" que tiene que sufrir un autónomo en cuanto a impuestos... te recomiendo que le eches un vistazo, porque aquí satisfarás muchas de tus dudas... ->Pincha aquí para verla<-
En caso de que tengas más dudas, no dudes en volver a consultarme... será un placer ayudarte.
Muchísimas gracias por tu respuesta, me quedo más tranquila!
Te consultaré sin duda cuando tenga otras preguntas!
Un saludo
Ana

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