Si te despidiesen antes de cumplir el periodo de carencia de los 360 días necesarios para acceder a la prestación por desempleo, y no tienes pendiente o interrumpida ninguna prestación anterior, aunque no puedas cobrar la prestación por desempleo sin embargo tienes derecho a el subsidio de desempleo, si tienes responsabilidades familiares con tres meses cotizados te corresponderían otros tres meses de subsidio y si son 6 meses los cotizados te corresponderían 21 meses y si no tienes responsabilidades familiares te harían fata cotizar durante 6 meses para poder cobrar otros 6 meses de subsidio de desempleo siempre que reúnas el requisito de carencia de rentas es decir que la suma de las rentas de todos los miembros de la unidad familiar dividida entere todos los componentes de la misma no sobrepasen el 75% del SMI, y si te despidiesen justo al cumplir los 360 días te correspondería la prestación por desempleo pero si te falta un solo día para los 360 no te conceden la prestación, espero haber resuelto tus dudas.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..