Desgravar vivienda primer año hipoteca
Quiero exponeros una pequeña duda que seguro que os ha pasado a la mayoría de los mortales que desgravan las aportaciones por vivienda habitual.
El caso es el siguiente; durante un determinado ejercicio fiscal se realizan una serie de aportaciones mensuales durante la construcción de la vivienda por ejemplo 500 euros durante enero, febrero y marzo lo que hace un total de 1500 euros. En abril se produce la escritura y la correspondiente entrega de llaves, por lo que se realiza un pago de 10000 euros en concepto de IVA y 3000 euros para gastos de escritura, hacienda, notaria, etc... A partir de mayo comienzan las cuotas mensuales (400 euros por ejemplo) de la hipoteca.
Es decir, el ejercicio fiscal quedaría:
Enero 500 euros construcción.
Febrero 500 euros construcción.
Marzo 500 euros construcción.
Abril 10000 euros IVA vivienda.
3000 euros gastos escritura.
Mayo 400 hipoteca.
Junio 400 hipoteca.
Julio 400 hipoteca.
Agosto 400 hipoteca.
Septiem. 400 hipoteca.
Octubre 400 hipoteca.
Noviem. 400 hipoteca.
Diciem. 400 hipoteca.
Mis preguntas son:
¿Qué base corresponde a financiación ajena y cual no?.
¿Seria este ejercicio mi primer año como financiación ajena y por tanto disfrutar de una desgravación mayor?
NOTA: Durante los dos ejercicios fiscales anteriores a este he desgravado las aportaciones realizadas como financiación propia.
El caso es el siguiente; durante un determinado ejercicio fiscal se realizan una serie de aportaciones mensuales durante la construcción de la vivienda por ejemplo 500 euros durante enero, febrero y marzo lo que hace un total de 1500 euros. En abril se produce la escritura y la correspondiente entrega de llaves, por lo que se realiza un pago de 10000 euros en concepto de IVA y 3000 euros para gastos de escritura, hacienda, notaria, etc... A partir de mayo comienzan las cuotas mensuales (400 euros por ejemplo) de la hipoteca.
Es decir, el ejercicio fiscal quedaría:
Enero 500 euros construcción.
Febrero 500 euros construcción.
Marzo 500 euros construcción.
Abril 10000 euros IVA vivienda.
3000 euros gastos escritura.
Mayo 400 hipoteca.
Junio 400 hipoteca.
Julio 400 hipoteca.
Agosto 400 hipoteca.
Septiem. 400 hipoteca.
Octubre 400 hipoteca.
Noviem. 400 hipoteca.
Diciem. 400 hipoteca.
Mis preguntas son:
¿Qué base corresponde a financiación ajena y cual no?.
¿Seria este ejercicio mi primer año como financiación ajena y por tanto disfrutar de una desgravación mayor?
NOTA: Durante los dos ejercicios fiscales anteriores a este he desgravado las aportaciones realizadas como financiación propia.
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Respuesta de canachema
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