Reinversión en vivienda habitual

Buenos días,
A primeros de año voy a formalizar la venta de mi vivienda habitual (ya esta pagada)y la compra de la nueva que será también mi vivienda habitual. Te aporto los datos correspondientes para que puedas contestarme a las siguientes preguntas:
Datos de la venta
Coste inicial + Gastos........120000
Importe deducido estos años... 92000
Precio de Venta... 305000
Datos de la compra
Precio compra... 360000
Gastos... 32000
1) ¿Cuál es el importe por el que me podré deducir de la nueva vivienda?
2) ¿Puedo solicitar una hipoteca por más de lo que resulta de la compra menos la venta para unas reformas y reinvertir la diferencia en los dos años siguientes sin perjuicio para mi?
Muchas gracias

1 respuesta

Respuesta
1
Si me das la fecha en que compraste la primera vivienda te hago una estimación más correcta, ya que el valor de adquisición de la vivienda hay que actualizarlo a fecha actual. Para esta tarde tendrás la respuesta
La fecha de compra de la primera fue Enero de 2000.
Una cuestión que se me ocurre es: ¿De cara a la deducción sería lo mismo comprar primero (hipoteca 392000 euros ) y luego vender y amortizar parcialmente los 305000 euros, o esto tiene algún efecto sobre la posible deducción.
Muchas gracias
Bien, el valor de adquisición actualizado de la primera vivienda es de 135.084 euros. Al vender por 305.000 se genera una ganancia patrimonial de 169.916 euros. Para que esta ganancia esté exenta de tributación debes invertir el total dde los 305.000 euros en los dos años siguientes.
Puedes deducirte de hacienda a partir de que los gastos de adquisición de la nueva vivienda superen los 92.000 euros ya deducidos de la primera.
En este caso, como me imagino que lo reinviertes todo, te puedes deducir desde el primer momento, bien es verdad que el tope máximo de deducción es de 9.000 euros.
Puedes padir la hipoteca por más importe de la diferencia, pero ten en cuenta que para poder seguir deduciéndote la hipoteca no puedes amortizar más del 40% del capital solicitado en los primeros cuatro años.
Muchísimas gracias por la respuesta, es concisa y muy clara,
solo me queda la duda siguiente, que es importante
¿Si compro primero firmando una superhipoteca de 392000 euros y luego vendo y amortizo parcialmente los 305000 euros de la venta, ¿sigue siendo válido lo que me has dicho o esto tiene algún efecto sobre la posible deducción?
Acabo de llegar a la oficina y me he acordado de ti, se me había quedado en el tintero.
En este caso no te podrías deducir nada, ya que amortizas más del 40% del capital solicitado antes de 4 años.
Ojo, la hipoteca de todas formas tiene que ser superior al 50% del valor de compra de la vivienda. Así que te toca hacer bien las cuentas.
Otra cosa, las reformas que te las hagan con factura oficial, y si se pueden engordar mejor que mejor.
Otro ojo, cambiar puertas, ventanas o persianas no son reformas, son mejoras y las mejoras no se deducen.

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