Iva en vehículos de ocasión

Tengo algunas dudas respecto al iva de los vehículos de segunda mano; soy autónomo y quiero comprar un coche de ocasión, según me he informado, lo que más me interesa es comprarlo en concesionario o tienda porque así pordré desgravar el 50% del iva y el 50% como gasto; creo que hasta hay más o menos es correcto, si me equivoco corrígeme por favor. Mi duda llega en el momento que busco este tipo de vehículos por concesionarios oficiales y tiendas de segundamano, encuentro vehículos que tienen iva y otros que no. Mi pregunta es, ¿todos los vehículos de segunda mano de concesionarios y tiendas tienen que soportae el IVA?
En el caso de que decidiera comprar a un particular, entiendo que no lleva iva, ¿podría poner como gasto el 50% del coste del vehículo? ¿Se emplearían la tablas de hacienda?

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La venta de vehículos de segunda mano está incluida en un régimen especial del IVA, por el cual el IVA está incluido en el precio que te dan pero no te lo desglosan, por lo que no te lo puedes deducir. Si te compras un vehículo nuevo, tal y como indicas, te puedes deducir el 50% del IVA sin ningún problema.
De acuerdo, pero lo que no comprendo es porque algunas tiendas dicen que el iva el deducible para empresas y autónomos, ¿es otro tipo de régimen? ¿Entonces no hay forma de deducir el 50% del iva en un vehículo de segunda mano?
Aparte de que en las tiendas dicen lo que sea para vender, el IVA es deducible al 100% en los vehículos industriales, en los vehículos turismos solo al 50% (con alguna excepción), el problema de los vehículos de segunda manos es que en la factura no te van a desglosar el IVA porque no es obligatorio, al no estar desglosado no es deducible.

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