Tratamiento fiscal en la venta de un piso

Se ha vendido un piso de protección oficial, y se ha escriturado en menos dinero del precio real, con la venta de ese piso se va a construir una nueva y única vivienda,¿podría no pagar a hacienda por reinversión en en una nueva vivienda, reinvirtiendo inclusolo que no figura de la venta del piso en escritura? Por otro lado para la construcción de la nueva vivienda ¿Cómo podría evitar el seguro decenal?

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En primer lugar, por haber escriturado por debajo del precio real, si este difiere mucho del valor de mercado posible, puede tener el comprador una liquidación complementaria del impuesto de trasmisiones patrimoniales, lo que conlleva a que la administración atribuya un valor mayor a la venta del piso, con lo que te puede implicar para los importes que tu declares como ganancia o pérdida patrimonial. En cuanto a la exención por reinversión puedes quedar exento la cantidad total de la ganancia patrimonial si la reinviertes en los dos próximos años en una vivienda nueva, como dices. En el caso del seguro decenal es obligatorio desde mayo de 2000 y hasta el momento no hay disposición que exima de su cumplimiento si bien, hay comunidades autónomas que quieren eximir del cumplimiento en algunos casos. Pero ahora no hay nada.
En primer lugar, gracias por tu respuesta, amigo, pero me gustaría que me concretaras, si puedo quedar exento de tributo por reinversión en una nueva vivienda de toda la ganancia de la venta del piso, o solo de la cantidad que figura en las escrituras. ¡GRACIAS!
Si el valor de las esrituras lo reinviertes, este valor es el que queda exento. Si además inviertes más cantidades te las puedes aplicar a la deducción por inversión en vivienda habitual. Pero el valor que queda exento es el de escrituras. Por eso decía lo de la complementaría porque te pueden aumentar ese valor y ese es el que podrías quedar exento.

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