RENTA. Parejas de hecho

En el caso de las parejas de hecho con descendientes menores, como se aplicaría el mínimo familiar y la posibilidad de hacer declaración conjunta con la reducción correspondiente, en dos casos:
-Pareja de hecho que convive juntos y tienen descendientes menores.
-Dos personas sin vinculo que tienen un hijo en común de forma compartida y no viven juntos

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Para hacer la declaración de renta en modalidad conjunta debe ser cuando hay unidad familiar y para el irpf la unidad familiar es matrimonio con o sin hijos y padre o madre con hijos cuando hay separación legal. En base a lo explicado anteriormente tu caso no esta contemplado como unidad familiar por lo que tienes que hacer la declaración de forma individual.
Las parejas de hecho con descendientes menores pueden hacer la tributación individual y poner el hijo al 50% es decir que se deducirían los dos porque viven juntos.
En caso de no vivir juntos, la deducción por hijos la aplicara la persona con quien viva el hijo y si convive con los dos aunque no vivan juntos el 50% cada uno.

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