¿Entiendo qué habla del gasto por los intereses a la hora de solicitar el fraccionamiento de cualquier impuesto? ¿Verdad?
En dicho casos, estos intereses deberían contabilizarse en la cuenta 669 Otros gastos financieros, puesto que dichos intereses son gastos de naturaleza financiera y no están recogidos en otras cuentas del Nuevo Plan General Contable.
El funcionamiento general de dicha cuenta será carga por el importe de los gastos devengados, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 o a una cuenta representativa de la deuda con la Administración Tributaria.
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