Declaración mod 347/ mod 110

Buenos días,
Durante este año 2010 he recibido facturas de un profesional por un valor superior a los 20000 Euros. Las facturas del primer trimestre, no contenían retención y yo tampoco le apliqué la retención. A partir del 2T, se han aplicado las retenciones correspondientes.
Mi pregunta es:
Para el próximo año, ¿en los resúmenes anuales como presento los datos?
Tendré unos 8000 Euros sin retención, con lo que no se han declarado en el modelo 110.
Y tendré unos 30000 con retención, que se habrán declarado en el 110 y se declararán en el resumen anual de IRPF (mod 190).
Pero el conjunto de gasto será de aprox. 38000. ¿Cómo declaro los otros 8000?
Puedo sumar estos 8000 a las facturas recibidas en el 4T dentro del modelo 110, ¿pero sin aplicar la retención?
Muchas gracias,
Jordi

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Debería ingresar en el 4T mediante el modelo 110 la retención correspondiente de las facturas que ha recibido sin retención y pedirle al profesional que rectifique las facturas y le devuelva o compense en pagos posteriores las cantidades que él ha cobrado de más por no aplicar la retención.
Tenga en cuenta que en caso de que hacienda sancione la sanción será para usted que es el obligado a realizar el ingreso de la retención.
Por otra parte, puesto que las facturas deben ser declaradas en el modelo 110 no habría que declararlas en el modelo 347.

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