Cuenta ajena y esporádico como autónomo

Estoy en paro y me han ofrecido un trabajo temporal por cuenta ajena de 2 meses. No obstante, justo estaba pensando en iniciar mis servicios como autónoma ( consultora) cuando me ha llegado esta oferta de trabajo que no puedo rechazar. Me dicen que si me hago autónoma y luego ceso del trabajo por cuenta ajena no cobraría el paro que me queda. ¿Mi pregunta es si me sale algún trabajo por horas como consultora como lo hago para facturar y que no me quede sin paro cuando finalice el trabajo por cuenta ajena?

Gracias por especificarme los pasos a seguir y como emitir factura.

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Efectivamente si desarrollas una actividad por cuenta propia, mientras trabajes por cuenta ajena, al finalizar tu contrato por cuenta ajena no tendrás derecho a paro. Pero te pasará exactamente lo mismo si te das de alta como trabajadora por cuenta propia (autónoma) mientras estas cobrando el paro. En cuando realices el alta en el RETA, te quedas sin derecho a paro.

No hay forma legal de compaginar el cobro del paro con el trabajo por cuenta propia y las obligaciones legales, fiscales y tributarias que eso conlleva.

Para emitir factura debes estar dada de alta en hacienda y en la seguridad social, pagar mensualmente tu cuota de autónomos y liquidar trimestralmente tus impuestos - el IVA que repercutirás a tus clientes y el pago a cuenta de tu declaración de la renta.

Espero haberte ayudado

Para cualquier otra consulta puedes contactar con nosotros a través de nuestra página web - http://www.directconsult.es/autonomos.htm o a través de Facebook - https://www.facebook.com/directconsult.es.

Entonces si pidiera la desgravación de cuotas de la ssocial para ser autónomo en el inem estando en paro y me diera de alta como autónomo...si al cabo de unos días inicio un trabajo de mañanas por cuenta ajena, ya no tendría derecho a la capitalización de cuotas?

Entiendo que no.

Muchas gracias por tu pronta respuesta...

Te dejo el enlace de la página de sepe

http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00e.html

No mencionan ninguna incompatibilidad en la situación que tu planteas.

Si trabajas simultáneamente por cuenta propia y cuenta ajena y te quedas sin trabajo, no tendrás derecho a paro.

Para cualquier otra consulta estamos a tu disposición en http://www.directconsult.es/autonomos.htm.

No te olvides de finalizar y puntuar la pregunta.

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