Contabilidad/fiscalidad, Facturación de ingresos (por comisiones), gastos (promociones sobre ventas)

Nuestra forma jurídica es SL, y nuestra actividad servicios a la propiedad inmobiliaria, intermediarios en la compra-venta de viviendas y otros locales.
Nuestra función CON LOS COMPRADORES es la captar posibles compradores (Nacionales no), analizar sus necesidades, proponerle de nuestra cartera de viviendas para la venta la que reúna sus requisitos, formalizar el contrato de compra venta (formas de pago, fecha, condiciones,…), acompañamiento a notaria gestiones post-venta (cambio de titularidad de servicios, IBI,..) todo ello sin cargo para el comprador; Nuestra función CON LOS VENDEDORES es hacer contrato de puesta a nuestra disposición de sus viviendas para la venta por parte de nuestra empresa fijado es este contrato precio, plazo y condiciones de venta de cada una de las propiedades (con el cual nos entregan llaves de las viviendas y las podemos gestionar para su venta durante el plazo estipulado, si la venta no se realiza no tiene coste ni para los vendedores ni para el intermediario-nosotros). A la vez que formalizamos el contrato de compra-ventas entre nosotros como intermediarios y los compradores formalizamos otro entre nosotros y el vendedor, no habiendo contacto entre comprador/vendedor hasta la elevación a público del contrato, haciéndose hasta ese momento todo a través nuestro (incluido el pago/cobro de la señal en la formalización del contrato)
Tengo dos preguntas:
1. Nosotros siempre le facturamos al vendedor (particular, promotor o constructor) el concepto de nuestra facturas son comisiones por servicios en operaciones de mediación
y puesta a disposición en la venta de la finca XXX y el importe un porcentaje del valor de la venta. Estos importes como son mi actividad principal los contabilizo en la “705 Prestación de servicios", es correcto aquí o lo debería de hacer en la “754”?.

2. En el contrato que firmamos con loes compradores tenemos una clausula de promoción
a nuestro cargo si se lleva a término la compra-venta. Esta consiste en el equipamiento de la vivienda en (cocina, lámpara, muebles o electrodomésticos) con un límite del 2% del importe de la compra de la vivienda, (siempre en equipamiento ha de ser para la vivienda que adquiere a través de nuestra empresa).

El fabricante de cocinas, lámparas,… factura a nuestra empresa y nosotros le pagamos con
transferencia.
¿En qué cuenta he de contabilizar estas facturas a nuestro cargo?
Y con la deducción fiscal tender algún problema contando con que nuestra empresa solo le factura al vendedor y este descuento nosotros se lo hacemos al comprador como incentivo para captar la operación y que se realize por medio de nuestra empresa?

Respuesta
1

1.- Fiscalmente es indiferente que lo contabilices en una otra de las dos cuentas que comentas, contablemente yo lo haría en la 705 por ser parte de tu actividad principal.

2.- La factura deberá ser expedida a nombre de quien la paga para poder deducirla, si sois vosotros, la puedes contabilizar en cualquier cuenta de gastos adecuada como la 600

En punto 1º correcto y cerrado, muchas gracias.

En 2º me surge alguna duda:

- Efectivamente las facturas van a nombre nuestros y nosotros las pagamos, pero nosotros solamente facturamos por prestación de servicios, esas mercancías que compramos son para regalárselas a los compradores de las viviendas.

- Por otra parte nosotros solamente le facturamos la comisión al vendedor, mientras que los descuentos o regalos de promoción se los hacemos al comprador (una vez formalizada la compra-venta en escritura publica); Se rompería en este caso la correlación de ingresos/gastos? y esto afectaría a su deducibilidad como gasto fiscal?

Posiblemente mis dudas sean infundadas le agradecería su opinión

Yo entiendo que no se rompe nunca la correlación ingresos/gastos, pues en todo caso esto es una promoción que ofrecéis com enganche, realmente sería a mi entender un gasto como servicios exteriores por la instalación de la cocina, o incluso publicidad o un rappel en especie.

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