Hola, Me surge una duda con respecto a lo que me indicaste, eso de incluir dentro de cada procedimiento el requisito de la norma que cumple, será que se puede indicar esto dentro del Item de referencias, por ejemplo: Para el procedimiento de control de documentos del laboratorio (Ver abajo) Indice 1. Objetivo 2. Alcance 3. Definiciones y abreviaturas 4. Referencias 5. Responsabilidades 6. Relaciones 7. Desarrollo 8. Archivo y registros 9. Hoja de modificaciones 10. Lista de distribución 11. Apéndices y anexos En Referencias indicaríamos lo siguiente: ISO/IEC 17025/2000 "Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración", numeral 4.3 Control de documentos. Estaría correcto así o como se podría realizar. Gracias, Gloria p
Respuesta de mayojg
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mayojg, Profesional enérgico y proactivo con más de 15 años de...
Por lo general es en el Manual de la Calidad donde establecemos la referencia que indica en que documento específico explicamos como cumplimos con los requisitos establecidos por la norma ISO 17025,,, Me parece que hacerlo en cada procedimiento no tiene sentido porque las referencia deben partir de lo general a lo específico no al revés,,, espero poder ayudarte, a continuación un ejemplo: 5.2 Personal. 5.2.1 La dirección del Laboratorio asegura la competencia de todos los que operan equipos específicos, realizan ensayos, evalúan los resultados y firman los informes de ensayo. Cuando el Laboratorio emplea personal en formación, provee una supervisión apropiada. El personal que realiza tareas específicas está calificado sobre la base de una educación (mínimo T.S.U), una formación, una experiencia apropiada y de habilidades demostradas, según sea requerido. El Superintendente del Laboratorio se asegura de la competencia técnica del personal a través del cumplimiento del procedimiento "Confirmación de Competencias del Personal Técnico del Laboratorio" (J/E/TEC-LAB-VV-PP-016). 5.2.2 El Superintendente del Laboratorio fórmula las metas con respecto a la educación, formación y habilidades del personal del Laboratorio. El Laboratorio mediante la política definida en el apartado 2.2.8 del presente manual, la "Política de Adiestramiento" (C/E/GRH-DES-00-PL-001) de la Gerencia de Recursos Humanos del Consorcio XYZ, el procedimiento "Desarrollo de Personal" (C/E/GRH-DES-00-PP-001) y el procedimiento "Adiestramiento de Personal" (C/E/GRH-DES-00-PP-002) identifica las necesidades de formación del personal y proporciona la formación. Considerando las necesidades de formación el Laboratorio realiza la "Planificación del Adiestramiento" (C/E/GRH-DES-00-FM-005), la cual es pertinente a las tareas presentes y futuras del Laboratorio. Al finalizar las acciones de formación el Superintendente del Laboratorio evalúa, la eficacia de tales acciones de adiestramiento siguiendo los lineamientos del procedimiento "Adiestramiento de Personal" (C/E/GRH-DES-00-PP-002). 5.2.3 El personal fijo en el Laboratorio en etapa de formación o contratado por tiempo definido, es supervisado constantemente por el Superintendente, el Supervisor Técnico o el Químico del Laboratorio (según corresponda) o por personal técnico designado, garantizando el cumplimiento correcto de las actividades asignadas y del Sistema de Gestión. 5.2.4 La Dirección del Laboratorio conjuntamente con la Gerencia de Recursos Humanos mantiene actualizadas las "Descripciones de Puesto" (C/E/GRH-DES-00-FM-008) de todo el personal del Laboratorio; en ellas se establecen los requisitos necesarios del personal con relación a: educación, formación y habilidad necesaria para la ejecución de las actividades que le son asignadas. La Gerencia de Recursos Humanos es la responsable de la custodia de todos los expedientes del personal de la empresa, los cuales contienen los soportes de formación profesional y experiencia laboral. 5.2.5 El Superintendente del Laboratorio mediante la aplicación del procedimiento "Confirmación de Competencias del Personal Técnico del Laboratorio" (J/E/TEC-LAB-VV-PP-016) autoriza a miembros específicos del personal para realizar tipos particulares de ensayos o calibraciones, para emitir informes de ensayos y reportes de verificación y calibración, para emitir opiniones e interpretaciones y para operar tipos particulares de equipos. Las autorizaciones del personal son conservadas por el Superintendente del Laboratorio. El Laboratorio a través de la Gerencia de Recursos Humanos mantiene registros de la competencia, del nivel de estudios y de las calificaciones profesionales, de la formación, de las habilidades y de la experiencia de todo el personal técnico, incluido el personal contratado. Esta información esta fácilmente disponible en la Gerencia de Recursos Humanos y en el Laboratorio, según corresponda, e incluye la fecha en la que se confirma la autorización o la competencia del personal.