Aclaración sobre la norma de validación de procesos de producción y prestación del servicio
El punto 7.5.2. De la Norma "Validación de los procesos de producción y de la prestación del servicio" dice "La organización debe validar aquellos procesos de producción y de prestación del servicio donde los productos resultantes no puedan verificarse mediante actividades de seguimiento o medición posteriores".
En mi caso, entiendo que todos los procesos productivos y de prestación de servicio pueden verificarse mediante actividades de seguimiento y medición, en este caso ¿no sería de aplicación este punto de la norma?
¿En qué casos se podría decir que este punto de la norma no es de aplicación?
El punto 7.5.1. ¿Se refiere a las actividades de control que se realizan durante el proceso productivo? ¿Estas actividades deben estar descritas en el diseño?
En mi empresa el punto 7.6 no es de aplicación porque no se emplean dispositivos de seguimiento y medición. ¿Todos los apartados del punto 7.5. Que se refieren a los dispositivos de seguimiento y medición tampoco serían aplicables?
En mi caso, entiendo que todos los procesos productivos y de prestación de servicio pueden verificarse mediante actividades de seguimiento y medición, en este caso ¿no sería de aplicación este punto de la norma?
¿En qué casos se podría decir que este punto de la norma no es de aplicación?
El punto 7.5.1. ¿Se refiere a las actividades de control que se realizan durante el proceso productivo? ¿Estas actividades deben estar descritas en el diseño?
En mi empresa el punto 7.6 no es de aplicación porque no se emplean dispositivos de seguimiento y medición. ¿Todos los apartados del punto 7.5. Que se refieren a los dispositivos de seguimiento y medición tampoco serían aplicables?
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Respuesta de lopomi
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