Arrendamiento de negocio

Hola, si en el contrato no poner nada, lo normal es que le avises con un mes de antelación, lo que te servirá para consumir el importe del mes que tienes entregado como fianza, es decir a partir de la fecha de recepción no le pagues y le dices que se quede con la fianza, es la practica habitual siempre y cuando el local no presente desperfectos, que precisamente para eso se entrega la fianza.
Para que te pudieran cobrar el resto de los meses que quedan para el fin del contrato, ¿el propietario debe demostrar que le causas un perjuicio grave? Y eso es bastante difícil, además si tu relación es buena con la propiedad, no vas a tener problema.
Un saludo Fulma. Por favor no olvides puntuar, Gracias

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