Dudas comunidad de bienes...

Mi mujer y una amiga tienen pensado crear un centro de estética y para ello, y para ahorrar dinero, han decidido hacer una comunidad de bienes.

Resulta que la empresa que les venden las máquinas del centro de estética lo financian pero emiten factura a personas físicas, no a empresas.

Las 3 dudas son:

- Cuando creas una comunidad de bienes, te tienes que hacer autónomo, pero... ¿te dan un CIF?

- Una vez creada la CB, ¿la facturación es como la de una empresa normal o las integrantes tienen que declarar como personas físicas?. Si es la segunda opción... ¿Al 50% todo?.

- Es mejor que aparezca (permiso de apertura, titular de suministros, compra de maquinaria, etc..) una de las responsables de la CB (mi mujer o su amiga), o es mejor las dos.?

Gracias por aclararme estas dudas, la verdad es que ando un poco perdido en este tema...

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Para crear una comunidad de bienes hay que constituirla mediante un documentos privado, semejante a una escritura pública pero más sencillo, no hay que hacerlo ante notario ni inscribirla en el registro Mercantil. Dicho documento se presenta en la Agencia Tributaria para obtener el CIF.

Las comunidades de bienes pueden ser de varios tipos, pero por lo general son dos personas que ambas van a poner un capital y a trabajar por el mismo bien. En este caso las dos deben ser autónomas si no están de alta en otro régimen.

Las facturas las emite la comunidad de bienes. El IVA se paga a nombre de la C.B., pero los ingresos a cuenta de la renta a nombre de los comuneros, en la proporción en que haya aportado el capital a la misma.

En el documento de constitución habrá que indicar si la firma es solidaria o mancomunada, es decir si deben aparecer obligatoriamente una o las dos firmas, a la hora de contratar, comprar o vender, etc, Para eso debes estar asesorado por un abogado, asesor fiscal o gestor administrativo.

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