Facturas o ticket atrasados

Puedo contabilizar ticket o facturas con fechas anteriores a 31/03/2005, es decir después de haber cerrado el IVA.? ¿Hasta qué límite permiten deducir el iva atrasado sin tener que entregar una declaración complementaria?
¿Existe algún teléfono de alguna institución pública que te resuelva este tipo de dudas?
Muchas Gracias.

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Pon lass con fecha actual, mientras sea del ejerció no pasa nada.

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