Reintegro subvención

Tengo una SLL que quiero dar de baja, al inicio de la actividad recibimos una subvención por cada socio trabajador la cual tenia como condición estar al menos 3 años dado de alta. ¿Si cesa la actividad antes de ese tiempo deberé devolver la subvención?.
Respuesta
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Lamentablemente así es, aunque no toda la subvencio, solo la parte proporcional en función del tiempo que restara, por ejemplo, si te han dado supón 6.000 euros por los tres años tendrás que devolver si has estado solo un año, 4.000 euros, ahora bien, si lo que has recibido es la capitalización del paro para las aportaciones de la s.l.l. y los gastos iniciales, y todo lo que te han dado en este concepto esta gastado y justificado en facturas no tendrás que devolver nada correspondiente a la capitalización, en el caso de subvenciones y ayudas siempre tendrás que devolverlo.

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