Rangos de facturación

Me gustaría saber si es obligatorio utilizar un rango de facturas diferente para las facturas con IGIC (diferenciándolo así, de las facturas con IVA).
Asimismo, le agradecería me indicara si las facturas rectificativas también han de llevar un rango diferente.
Muchas gracias por su rápida respuesta.

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Las facturas con IGIC no sé lo que es, en cuanto a las facturas rectificativas no, no llevan ningún rango diferente, continúan como las otras, pero eso si, en dicha factura debe aparecer el numero de la factura por la cual se procede al abono.

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