Registro Mercantil

Se me ha presentado una duda a la hora de realizar La APLICACIÓN DE RESULTADOS en el certificado que hay que presentar al notario, para adjuntar al registro. He recibido del registro Mercantil un escrito, en el que se me indica que : " En la certificación del acta de la junta no coincide el resultado con el que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias", En el certificado yo indico en la aplicación de resultados un reparto cuya base es la suma de las ganancias de este año más parte del remanente que existe en balance. Estos datos de reparto los indico en la memoria, pero el registrador sólo tiene en cuenta las ganancias de este año. No entiendo porqué el registrador me hace esta observación. No encuentro normativa que indique que sólo puedo hacer un reaparto de las ganancias obtenidas en el ejercicio al que van referidas las cuentas anuales.

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1
La distribución se debe hacer del resultado al que se refieren las cuentas anuales.
El remanente obviamente lo puedes distribuir por acuerdo social pero no tiene porque figurar en la propuesta de distribución del resultado del ejercicio al que se refieren las cuentas anuales.
Un saludo,
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