Empresa familiar paro

Hola, soy adminsitradora de una empresa familiar, tengo el 33.3% de las participaciones al igual que otros dos hermanos. La cuestión es que tenemos a mi marido contratado por régimen general, pero por falta de trabajo lo tenemos que despedir. ¿Le corresponde paro? ¿Le pondrán pegas por ser yo administradora dela empresa que le despide? Gracias.

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Es muy raro ya que su marido no puede estar contratado en régimen general en todo caso estará en régimen asimilado al general sin cotizar por desempleo ni Fondo de Garantía Salarial y por tanto (respondiendo a su pregunta) no podría o no tendría derecho a cobrar prestación por desempleo salvo las no contributivas (que están poniéndose fatal por el tema de la crisis económica y los recortes sociales).
Por otro lado, desde un punto de vista de gestión de negocio... lo más sensato sería que trataran la situación profesionalmente mediante los planes de viabilidad necesarios para analizar la situación de la empresa y poner el empeño en ganar cuota de mercado así como generando los procesos necesarios que garanticen que el puesto de trabajo no es prescindible. Si no son capaces de hacerlo vds., porque no estuvieran capacitados profesional o técnicamente para las labores de análisis de gestión y económico-financiero les sugiero recurran a profesionales antes de destruir puestos de trabajo.

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