Vacaciones: naturales o hábiles. Sábados.

Trabajo en una empresa de lunes a viernes, parcial al 50%. La empresa abre los sábados y cierra 15 días consecutivos en periodo vacacional. Nos obligan a coger ésos 15 días consecutivos de vacaciones, más aparte otros 15 sueltos estipulados por ellos en los que se incluyen algunos sábados que cierra la empresa.
Es correcto que a mí, que no trabajo los sábados por contrato, ¿me cuenten éstos como vacaciones? ¿Podría coger éstos sábados como hábiles juntos o separados?
¿Es correcta esta distribución entre días naturales (entiendo que son los consecutivos) y hábiles (los otros)?
En el convenio dice lo siguiente con respecto a las vacaciones:
30 días naturales de vacaciones, de éstos deberán ser consecutivos 21 como mínimo, pudiendo por tanto ser fraccionadas. Se deberán disfrutar en el periodo comprendido entre el 1 de junio y 30 de septiembre, ambos inclusive

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Una empresa o da las vacaciones en naturales (ley básica) o en laborables... si se trabaja los sábados lo normal es que sean naturales... por lo que tendrías 30 días naturales en vez de 22 laborables... esto es la práctica habitual... si tienes 30 naturales de vacaciones el hecho de trabajar los sábados o no, no te afecta... cuentan fines de semana y festivos porque están "cubiertos" por esa diferencia entre 22 (en caso de laborables) y 30 naturales...
Tu convenio dice 30 naturales, y dice que la empresa puede obligarte a coger 21 de esos días todos seguidos... pero tú comentas que son 15 los que os obligan... así que realmente es una ventaja que los otros 15 os los den sueltos... eso sí... por ejemplo si tu teies contrato de lunes a viernes tu primer día de vacaciones no podrá ser un sábado...
En efecto, puede ser una ventaja que los otros 15 días nos los den sueltos, pero quizá no me haya expresado bien: estos 15 días "sueltos" no todos son hábiles para mí puesto que algunos de éstos son sábados (los establece la empresa); entiendo que al personal de la empresa que trabaja sábados les cuenten como vacaciones, ¿pero a mí?
No tendría que cambiar esa cantidad de sábados, por días hábiles, ¿para no resultar "perjudicada"?
Saludos
Ya, te he entendido... a ver la cuestión es que estaría mal que tu primer día de vacaciones en un período fuera SÁBADO... pero si coges el viernes, pues es normal que te cuente el sábado y domingo (esto en días naturales...) ya te digo funciona diferente los 22 laborables...
Si la empresa dice que un sábado determinada está cerrada la empresa, y para algunos es vacaciones... para ti NO, ese día concreto no... OJO si solo cierran el sábado... ese día sí podrías reclamarlo sobretodo si tu contrato es de lunes a viernes...
Si un sábado lo dan como vacaciones a los demás... a ti en ese caso te quitan uno de los dos días de libranza.. .no puede ser día de descanso y vacaciones al tiempo... por lo que ese día sí deberían compensartelo... pero si lo que dan es un puente de jueves a domingo .. a ti el sábado te cuenta como a todos...

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