Asalariado y autónomo con contrato mercantil

He visto tu respuesta en otro email, pero en mi caso tengo más dudas.
Yo trengo un contrato indefinido con un horario de 9 a 3. Recientemente he empezado a colaborar como agente de seguros, con un contrato mercantil. ¿Tengo qué pagar el mínimo que indicas en el otro mensaje?, ¿Me tengo que dar de alta como autónomo?.y, en caso de tener paro por la empresa contratada... Lo cobraría... ¿o no puedo ejercer ningún tipo de actividad? Sea por el tiempo (trabajado) que sea.
Tengo pánico a hacienda y a la s.s.!!!
Respuesta
1
Como agente de seguros estas realizando una actividad profesional, por lo que sí hay que darse de alta en autónomos.
La cantidad es la indicada anteriormente, ¿la cuota de autónomos puede bajar hasta 123,49?, si te das de alta por primera vez en el régimen especial de autónomos y eres joven.
Comentas que tienes un contrato indefinido, si te vas voluntariamente de la empresa no tienes derecho a paro. Por otra parte, también debes saber que la prestación por desempleo es incompatible con cualquier otra actividad, por lo que no es posible cobrar del paro y estar dado de alta en autónomos.
De todos modos debes saber que si te echan no pierdes el derecho a paro, como estarías trabajando de autónomo no lo podrías cobrar en ese momento, pero queda acumulado.
La única posibilidad es la siguiente: Existe lo que se llama "capitalización del paro", se puede solicitar cuando una persona, después de solicitar la prestación por desempleo se da de alta como autónomo. En este caso en lugar de recibir una prestación de desempleo lo que hacen en la seguridad social es pagarte la cuota de autónomos hasta que se agote el importe que te corresponde (también te compensan la inversión inicial que tengas que realizar, pero en tu caso creo que no habría: muebles, equipos...). Por último, si la actividad no funciona y te quieres dar de baja en autónomos (antes de 2 años desde el alta), pero aún tienes importe por compensarte te lo entregaran como prestación de desempleo mes a mes.
Para acogerte a esto último seria necesario que primero te echaran del trabajo actual (o te arreglaran los papeles de paro), a continuación solicitar el desempleo e inmediatamente después solicitar la capitalización y darse de alta en autónomos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas