Mi madre cumple 65 años el 11 de Julio. Ha cotizado a la Seguridad Social por Autónomo durante 8 años. Tiene osteoporosis y hernia discal, y problemas auditivos. ¿Puede solicitar la jubilación anticipada o invalidez absoluta? ¿Qué paga le quedaría? ¿A qué Organismo de la Administración extremeña debo acudir para arreglar la documentación?
En primer lugar su padre cumple la edad reglamentaria para adquirir la condición de jubilado en julio al cumplir los 65 años, por lo cual pasará a esta situación si lo desea, en caso contrario debe manifestar su oposición antes de esa fecha. Ahora bien si la situación de enfermedad incapacitante es manifiesta y pudiera dar lugar a una pensión suplementaria o mejor también lo ha de manifestar antes de esa fecha, posteriormente no tiene ningún efecto, prima la edad y por tanto las dolencias quedan aparcadas. En la duda deben consultar con un médico de los que realizan peritajes, que les informará. Ahora bien ciertamente si no hay cotizaciones anteriores, creo que le quedará una pensión mínima y, si, además, ha cotizado por la cuota mínima esta puede quedar muy restringida. Considero que deben consultar la situación de la pensión con la Tesorería General de la Seguridad Social, para conocer qué pensión le quedaría y qué puede hacer para mejorarla; lo más probable es seguir en activo e incrementar la cotización durante unos años, posibilidad que deben valorar a nivel personal y familiar. La cuestión física y patológica es aparte y debe valorarla un médico especialista en valoraciones. CONCLUSIÓN: laboralmente y en función de las cotizaciones se devenga una pensión, no hay milagros, esto es una hucha, tanto pusiste, tanto tienes; el conflicto es, que nadie pone, o pone lo mínimo y queda, pues, lo mínimo o menos, si no hay unas cotizaciones mínimas en el tiempo (± 15 años de cotización) o unas cotizaciones importantes. Se dan cuenta al final cuando no hay tiempo para reaccionar, fiándose que algunos, con cotizaciones permanentes y constantes durante toda la vida laboral, al final tienen pensiones ""suculentas"", cuando en realidad es un ahorro de toda la vida, que quienes han cotizado por obligación al régimen de autónomos, lo han hecho por las mínimas, en la confianza de que cómo tenían las mismas prestaciones sanitarias, al final, las económicas serían igual. Además, la invalidez, en el caso de los autónomos está muy restringida y, aún siguiendo criterios parecidos, que no iguales, son mucho más limitativas: no es lo mismo una misma incapacidad para un empleado, que para un empresario, el empresario manda, el obrero obedece; lo cual no es poca diferencia. Problema: que frecuentemente el obrero, se hace "empresario" para eludir cotizaciones e impuestos pensando en que luego "todo" es igual y al final, pues, cómo que no, que engañó y burló cotizaciones e impuestos y luego le tratan como lo que no fue, pero fingió ser. Es, además, muy difícil corregir errores de años, en los pocos meses que le quedan. Deberá pues seguir en activo y corregir los errores con cotizaciones suplementarias y seguir en activo, si puede, o afrontar la realidad.