Fumar en asociación cultural

Buenas tardes, soy socio de una asociación cultural religiosa (un cuartel de semana santa) en el que cuando llegan las fechas, celebramos comidas, a las que asisten invitados. En principio no pueden entrar menores de edad.
Algunas veces "prestamos" el salón (es como un restaurante) para celebrar comuniones, bautizos, cumpleaños... Y en esas ocasiones si que hay niños presentes.
Me gustaría saber si infringimos la ley si fumásemos en el centro y si podríamos ser denunciados por alguna de las personas que asistiesen a alguna comida.
Si el salón está cedido para una comunión, por ejemplo, ¿Seríamos responsables de la infracción?(En caso de que la hubiese)
¿Cuantía de las posibles sanciones?
Muchas gracias
Respuesta
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Lo primero indicarle que esto es un tema complejo y delicado, que dependiendo de cada comunidad autónoma están autorizando algunas excepciones...
Si ustedes tienen un lugar abierto al publico, que se alquila, no deben fumar, pues serán considerados responsables en caso de denuncias, como si fueran un bar. En las comidas que celebran ustedes y en la que hay invitados tampoco deberían fumar.
En mi opinión, se trata de sitios públicos y por lo tanto esta prohibido fumar. Se podría fumar en los sitios abiertos como terrazas, jardines, etc.
En cuanto a las sanciones, ¿la mínima es de 600,00? Para los establecimientos.
Agradecemos valoración de la respuesta.

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