¿Es posible tener servicio de bar en una asociación para socios?
Somos una asociación motera y tenemos una sede donde nos reunimos para hablar sobre el mundo de las motos y quedamos los fines de semana para salir en moto. Estamos registrados como asociación tanto en la Junta de Andalucia como en el Ayuntamiento del pueblo. Para financiar el alquiler del local así como las actividades que desarrollamos tenemos en nuestra sede un servicio de bar solo para socios. Desde el ayuntamiento nos han recomendado que legalicemos este servicio de bar, pero ni nos dicen como ni donde se hace. Mi consulta es: ¿Es necesario regularizar este servicio cuando es solo para los socios? La sede se encuentra en un polígono y es una nave, por lo que no es posible que cumpla ninguna normativa: ¿Existe algún procedimiento que permita regularizarnos pero con menos requisitos?