¿La JD sometida a una Moción de censura puede presentar proyecto alternativo o sólo defenderse?
Somos una asociación sin ánimo de lucro propietaria de un colegio En Tenerife. De acuerdo a los estatutos hemos presentado una moción de censura a la JD actual. En la asamblea general extraordinaria convocada a tal efecto, ¿puede la JD actual presentar un proyecto alternativo, como haremos tras la argumentación de la moción los que la presentamos, o sólo pueden defenderse de la moción? No encontramos ninguna especificación en nuestros estatutos ni en la legislación, pero ellos han mandado por mail a los asociados una propuesta de proyecto improvisada que pretenden presentar en la AGE y encima no respetando el turno de palabra establecido en los estatutos. Ya les hemos aclarado que la candidatura que presenta la MC defiende primero y ellos después (y un sólo turno de réplica), pero no estamos seguros de si pueden usar su turno sólo para defenderse de nuestra argumentación o también para presentar una alternativa de gestión.