Obligatoriedad de llevar la señal V-20 en el portabicis

Tengo unas dudas al respecto y espero que me saque de dudas.

Tengo un portabicis con su correspondiente matricula e iluminación, que va colocada a la bola trasera del coche y no se si cada vez que llevo la bici,¿la tengo que señalizar con la placa de V-20?.

Tengo entendido que toda carga que se prolongue del vehículo hay que señalizarlo.

Pero, ¿un portabicis que este instalado en la bola trasera se puede considerar como una prolongación de la carga del vehículo?.

Y si esto es así, suelgo ver que la mayoría suelen llevar una única placa V-20, pero según tengo entendido, si la carga que se lleva tiene una anchura igual a la del vehículo, se deberían de llevar 2 placas de V-20, y esto nadie lo cumple.

Esta clase de portabicis, ¿no se puede considerar como un remolque? Y si esto es así la mayoría de los remolques que suelgo ver no llevan la placa V-20.

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Estas en lo cierto se ha de llevar la señal v20, aunque como tu mismo dices casi nadie la lleva, todo y que el tema portabicis es una asignatura pendiente para la mayoría de los conductores. Por que lo habitual es tapar con las bicis la matricula y las luces, lo que supone una infracción grave.

No se puede considerar remolque ya que en el RGV remolque tiene su propia definición y el portabicis no entra en ella.

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