Carta de invitación, familiar de comunitario
Creo que haces muy bien con intentar ayudar a aquellos que prentenden entrar en España, o ya están aquí, y tienen problemas, pero has de saber que todos los casos no son lo mismo, y a veces, seguro que con la mejor intención, puedes llevar a las personas a cometer errores, por ejemplo te diré que un nacional de la República Dominicana no puede entrar en España con una carta de invitación, necesitara un visado que tendrá que tramitar en el Consulado de España, requisito que a ti por ser de Argentina no se te exige, pero a los nacionales de otros muchos países si..., y los requisitos por supuesto son mucho más estrictos para ellos.
Por otra parte, te informo, como te he dicho antes que los familiares de comunitarios tienen unos derechos distintos a los demás por el simple hecho de estar casados con españoles o ciudadanos de otro país de la union, por ejemplo su residencia es de cinco años, pueden trabajar si quieren tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, no necesitan cotizar para renovar... Etc. Es un régimen totalmente distinto.
Espero haber aclarado tus dudas.
Recibe un cordial saludo
Ana Torres
Colegiada 3041 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada
Por otra parte, te informo, como te he dicho antes que los familiares de comunitarios tienen unos derechos distintos a los demás por el simple hecho de estar casados con españoles o ciudadanos de otro país de la union, por ejemplo su residencia es de cinco años, pueden trabajar si quieren tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, no necesitan cotizar para renovar... Etc. Es un régimen totalmente distinto.
Espero haber aclarado tus dudas.
Recibe un cordial saludo
Ana Torres
Colegiada 3041 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada
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