Soy argentino con ciudadanía italiana, tengo residencia en españa desde noviembre del 2003 estoy casado desde hace 6 años y quiero hacer el visado para reagrupación (tengo turno para el 9 de septiembre) quiero saber si una vez obtenido mi esposa puede trabajar legalmente y si puede tramitar la tarjeta de residencia una vez que pise suelo español o debe esperar cierto tiempo, ella esta reempadronada desde noviembre del 2003 en marbella (donde tengo mi residencia) actualmente estamos en argentina pero viajaríamos a mallorca. ¿Luego del año ella puede solicitar la ciudadanía española? Su abuelo era de mallorca.
1 respuesta
Respuesta de azu30
1
1
azu30, Abogada especialista en extranjería desde hace 5 años para...
Tu esposa debe solicitar visado como cónyuge de comunitario. Entiendo que tú ya tienes la Tarjeta de Residencia Comunitaria, pues deberá presentarse copia de la misma para solicitar el visado, entre otros documentos que ya te habrán indicado en el consulado español de Argentina. Debéis inscribir en el consulado español vuestro matrimonio y aportar junto con la partida de matrimonio argentina la inscripción consular. Una vez concedan el visado (puede ser en 15 días o un mes) ella debe entrar en España con él y con toda la documentación original que presentó en el Consulado (la partida de matrimonio argentina debe estar legalizada con sello de la Apostilla de la Haya, al igual que los antecedentes penales y certificado médico) Ella solicitaría en España una Tarjeta de Residencia Comunitaria pero como de momento no tiene trabajo, la pediría como NO LUCRATIVA, poniéndote a ti como reagrupante en la solicitud de la tarjeta. En el momento en que ella quiera trabajar puede hacerlo simplemente cambiando el status de no lucrativa a LUCRATIVA. Se solicita igual que la anterior solo que indicando el centro de trabajo, la empresa y a ti como reagrupante que le da derecho a la tarjeta comunitaria. Estas tarjetas están tardando en entregarlas en Madrid 2 meses aproximadamente. En cuando a la nacionalidad, puede solicitarla efectivamente después de un año de residencia legal en España como nieta de español. Te recomendaría que vaya haciéndose con la partida de nacimiento de su abuelo, la de su padre o madre (el hijo de ese abuelo) y la suya propia. Os recuerdo que las partidas de Argentina tienen que tener Apostilla de la Haya. Como no tienen que ser actuales, antes de venir a España debería solicitarlas y ya traérselas para cuando pida la nacionalidad.