¿Que debo hacer o como debo proceder si me han concedido la nacionalidad española?

Hace unos días me he enterado a través de un comunicado que me concedieron la nacionalidad. Actualmente me encuentro fuera de españa y mi permiso de residencia caduco hace 1 año (aprox.). ¿Cómo he de proceder en este caso? ¿O qué debo hacer?

3 respuestas

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Póngase en contacto con nosotros para decirnos qué tipo de permiso tenía usted, y ver las posibilidades de renovación, porque depende de eso que usted pueda hacer la jura de nacionalidad. Si puede ser renovado, se procedería a la obtención de visado e iniciaríamos todos los trámites.

Escríbanos en el apartado consulta gratuita de nuestra web.

www.tolentinoabogados.com

permiso de residencia....

Le hemos respondido por nuestra web a su correo electrónico. Confirmemos la recepción del mismo.

Esperamos haberle ayudado.

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Si usted se encuentra en su país de origen y ha recibido la carta del Ministerio de Justicia de que le han concedido la nacionalidad española, con ese documento original, debe acudir al consulado español para solicitar una cita con el fin de proceder a la realización del trámite de jura.

Sometiendo esta respuesta a una mejor opinión fundada en derecho.

He hecho la consulta a través de a web del ministerio, con esa también vale?

No, tiene que presentar en el consulado el documento original. A veces tardan bastante desde que se publica hasta que se remite.

Si ha dejado a alguien de su confianza que pueda recibir el correo por usted, fenomenal, en caso contrario va a depender de la buena voluntad del Consulado ( y ya sabemos cómo funcionan), también podría hacer un escrito dirigido al Ministerio de Justicia solicitando se le remita certificado puesto que no lo ha recibido a pesar de estar publicado en la web desde la fecha xx/xx/xxxx indicando una nueva dirección pero de la misma zona en la que residía usted antes.

Sometiendo esta respuesta a una mejor opinión fundada en derecho.

La nueva dirección de la misma zona, te refieres en españa?...

Tampoco me queda muy claro si el escrito al ministerio de justicia sea a través de la pag. web, algún correo en concreto o por certificado?...

Disculpe, no me he explicado bien... La dirección debe ser de España, pues no le van a mandar el original al extranjero, por eso le hablaba de alguien de confianza en España. Igualmente la carta, escrita y firmada por usted, se la remite a esa persona de confianza para que ésta la presente (por duplicado, como cuando renovaba usted su residencia, para que se queden con una copia y a usted le devuelvan otra sellada) en la Delegación del Ministerio de Justicia que hubiera en su zona de residencia en España y si vivía en Madrid, en el propio Ministerio de Justicia ( las direcciones las puede encontrar fácilmente por Internet.), o en correos a través de correo "administrativo".

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Tienes que estar en España, el tramite es prescencial, Nadie pude dejar la huella y la foto por ti.

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