Certificado digital DEH
Buenas noches. Mi consulta es la siguiente. Tengo una Sociedad, pero no solicite la firma digital obligatoria, por olvido, con el fin de poder recibir las notificaciones de la AEAT., Hoy he recibido un embargo de cuenta y al acudir a la AEAT, me dicen que tengo una deuda de 15000.-€..... Esta proviene de unos aplazamientos de iva trimestrales, que han sido denegados y una paralela de ISOC 2010.
La paralela del ISOC es un error de la AEAT, puesto que me quitan unos gastos de salarios que en realidad existieron, pero me dicen que se comunicó telemáticamente y no he atendido las notificaciones telemáticas al no estar dado de alta en DEH y no tener firma digital, pues que ahora ya no puedo hacer nada, puesto que la deuda está en ejecutiva y se han pasado los plazos.
Me gustaría saber si hay algún procedimiento para poder recurrir esta injusticia y aportar en la AEAT, los justificantes de salarios, del 2010, en estos momentos y de paralizar el procedimiento de embargo que recae sobre mi sociedad. Si se puede acudir al TEAR y pedir la suspensión temporal de la deuda hasta la resolución final del Tear.
También saber si es obligatorio que esas notificaciones telemáticas, para que tengan total validez, además de considerarse como notificadas vía telemática,,también hayan tenido que ser publicadas en el BOE o en el tablón de anuncios de la AEAT, Vamos, que. Si sólo se han notificado en fallido en telemática, necesitan la publicación en boletín oficial
GRACIAS