Apertura obligatoria en alojamientos rurales
Buenos días :
Tengo entendido que en la Comunidad de Madrid los alojamientos rurales deben, por ley, tener una apertura mínima de 7 meses. ¿Por qué se marcan períodos obligatorios de apertura en este tipo de establecimientos?.
Saludos.
Tengo entendido que en la Comunidad de Madrid los alojamientos rurales deben, por ley, tener una apertura mínima de 7 meses. ¿Por qué se marcan períodos obligatorios de apertura en este tipo de establecimientos?.
Saludos.