Anulación vuelo

Recientemente concerté a través de una Agencia de viajes una serie de vuelos y alojamientos. En un tramo intermedio, fue cancelado un vuelo del que me enteré a la hora de presentarme en el mostrador de la Cía Aérea, quien, a su vez me informó que había anunciado con antelación dicha incidencia, por lo que no se hacia responsable de los gastos derivados de alojamiento y dieta.
¿Quién esta obligado a indemnizar ¿La Cía aérea o la Agencia con la que contraté?

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La responsabilidad por cancelación de un vuelo siempre será do operador, es decir, de la aerolínea. Si el vuelo cancelado esta fuera del domicilio del pasajero, la empresa esta obligada, de acuerdo con la Convención de Varsovia, a pagar hotel y dietas o providenciar el transporte inmediato, aunque por otro medio, al destino. El forun adecuado para presentar una denuncia es la autoridad aeronáutica del Estado donde ocurió la cancelación o del Estado de origen de la empresa. Imndenizaciones adiciolales pueden ser planteadas ante la justicia común.
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