Descanso semanal

Buenas tardes. Una pregunta. El descanso semanal reducido, de 24 horas, ¿se puede interrumpir para subir y bajar del ferry? ¿O sólo se puede interrumpir el descanso diario normal? Muchísimas gracias y un saludo.

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En las notas orientativas sobre aclaraciones del reglamento 561/2006 los equipara en cuanto a que los dos son considerados como descanso, pero en la nota orientativa Nº6 nos indican que la excepción del artículo 9.1 no se aplica al descanso semanal reducido o normal.
Muchas gracias. ¿Dónde se pueden ver estas notas orientativas?
Hay una directiva de la Comisión que clasifica las notas orientativas para armonizar las prácticas de control y las tiene en el diario oficial de la Comunidad Europea.
También en alguna web relacionada con el transporte, como asetra etc...

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