En residencia y unidades de día es necesario el cap para los cuidadores que conducen el autobús

Somos un centro residencia y con unidades de día para personas con discapacidad y tenemos a varios trabajadores que utilizan el autobús para hacer el transporte de los usuarios, según con quien hablemos estamos obligados o no a tener el cap.

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El cap es necesario para todos aquellos conductores de vehículos tanto de mercancías como de viajeros que hayan obtenido su permiso de conducción a partir del 2009 y sera ya exigible. Para aquellos que lo hayan obtenido con anterioridad al 2009 tiene de fecha limite para obtener el cap hasta septiembre de 2015 y este hoy en día es exiglible dependiendo en el ultimo numero del DNI pero como dije anteriormente a partir del 2015 es exigible a todos los conductores.-

Por su pregunta yo entiendo que ustedes están haciendo una transporte complementario a su trabajo (es decir la residencia), pero aun así el cap es necesario obtenerlo.-

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