Debemos señalarle que desde un punto de vista legal, los requerimientos dependen de en qué tipo de condiciones laborales quiera usted trabajar, aunque dándose de alta como
Autónomo a efectos fiscales y poseer el correspondiente Permiso de Conducción para la clase de vehículo que vaya a conducir, es más que suficiente sin necesidad de mayores requisitos. Tan sólo si usted pusiera su vehículo a disposición, entonces necesitará además una licencia VTC (autorización de arrendamiento de vehículos con conductor), pero en su caso, nos comenta que no quiere ofrecer su vehículo, por lo que dicha autorización no es preceptiva.
Con formalizar un contrato entre usted y la persona que alquile el servicio de chófer privado (indicando las tarifas por tiempo o kilometraje realizado/euros ), no necesita más requerimientos o exigencias legales. Las condiciones particulares del contrato las puede establecer usted con plena autonomía, ya que es autónomo. Si en cambio, quisiera trabajar para una empresa de alquiler de vehículos con chófer, consecuentemente necesita el Permiso BTP, (el antiguo B2). “BTP” es el carnet B para Transporte Prioritario. El BTP te acredita para conducir vehículos especiales, vehículos prioritarios (coches de bomberos, ambulancias), taxis, vehículos de transporte escolar (hasta 9 asientos), y turismos de alquiler con conductor. Para conseguir el carnet o Permiso BTP es necesario ser poseedor del Permiso B y haber conducido durante al menos un año vehículos a los que autoriza el permiso ordinario de la clase B.
Esperamos haberle resuelto su cuestión. Quedamos a su disposición por si requiere de nuevas dudas o consultas.
Saludos,