¿Le corresponde pagar el despido de los trabajadores si la adjudicación de la empresa es por resolución judicial?

Buenos días, mi mujer pertenece a una cooperativa la cual se presentó a un concurso para la gestión de una guardería propiedad de una Universidad. Quedaron en segundo lugar y comenzó la gestión otra empresa. Cuando revisaron los baremos observron irregularidades(no cumplian requisitos de las bases) y denunciaron. Después de tres años se la han adjudicado por resolución judicial firme. Firmaron una serie de acuerdos con la Universidad, entre otros, que la Universidad se encargaba de la liquidación de los trabajadores, ya que la cooperativa tiene sus socios que son los que van a trabajar en la guardería además que si no hubiese habido error por parte de la Universidad en el concurso, la cooperativa entraría o comenzaría a trabajar con su personal y no obligada a mantener contratado a otro personal. Mi pregunta es que si se tienen que hacer cargo de los despidos de las actuales trabajadoras como si fuese una sucesión de empresa pura y dura o por el contrario al haber resolución judicial deberían de comenzar sin cargas ningunas como si se iniciara la actividad hace tres años si hubiesen ganado el concurso que perdieron por errores de la Universidad. No sé si a groso modo me habré explicado más o menos bien. Gracias de antemano.

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