Proceder de la policía ante una denuncia por injurias
Hola. En una denuncia por delito de injurias (no falta) ante la Policía o Guardia Civil, aunque tenga el afectado que presentar querella en el juzgado, quisiera saber si, mientras tanto, le policía tiene que investigar para esclarecer el hecho como si fuera otro delito público y detener al presunto autor, o solo puede custodiar las pruebas que pudieran desaparecer, o realmente no debe hacer nada mientras no se lo ordene el juzgado tras la querella.
Porque puede ocurrir que el denunciante no sepa quien es el autor y, por lo tanto, no puede querellarse contra él hasta que la policía no lo identifique...
Lo digo porque parece que, según el art. 282 de la LECr, parece que, aun solo con la denuncia, la policía judicial debe actuar como si de un delito público se tratase, pero parece como si detener al sospechoso podría chocar in poco con el artículo 215 del C. Penal sobre las injurias.