¿Es legal que te hagan pagar por una cancelación de portabilidad cuando se ha hecho en menos de 24 h?

Tengo una empresa, y estábamos con una compañía de teléfono (A) y quisimos cambiarnos a otra (B) por que nos hacían mejor oferta y nos dijeron que se hacían cargo de la penalización, firmamos un contrato, donde ponía la cantidad de la que se hacían cargo de la penalización y donde ponía la penalización si incumplíamos el contrato. Hasta ahí todo bien, se cursa la portabilidad, y nos llama nuestro anterior suministrador, diciendo que si, que la cantidad de penalización era esa, pero teníamos otra penalización con la empresa suministradora, al saber esto cancelamos la portabilidad (en menos de 24 h), y ahora la empresa suministradora de orange nos exige la indemnización por incumplimiento de contrato, 250€ por línea tenemos 19, así que la cantidad es considerable. ¿Es legal esto? Como consumidores se que no lo es, pero como persona jurídica no se donde podemos ampararnos. Por otro lado, la empresa (A) nos dice que la empresa (B) no puede cobrarnos esa penalización, y lo mismo pasa al revés.

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A mi me paso algo parecido, en casa vino un comercial de un teléfono POR, prometiendo hasta el arca de noe, 3 días después seguíamos sin línea, y avisamos a esa compañía, y volvimos a la anterior, total que al final tuvimos que pagar 150 euros, por algo que no llegamos a utilizar, eso si, si veo al comercial ese no estafa más, pero en estos casos, siempre estamos desamparados, puedes no pagarlo, pero obviamente eso se quedara marcado en rai o asnef, o incluso contratan a empresas que se dediquen al cobro, y te llamaran amenazándote, (eso le paso a mi suegro y avisamos que la próxima vez iríamos a la policía), deberías de buscar asesoría legal a ver que te comentan.

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