Las leyes y asuntos de Derecho no son mi especialidad pero el cine si que me gusta y de él entiendo bastante.
Para empezar yo supongo que el término de “libre de derechos” es lo mismo que el término de “Dominio Público”. Si ambos términos son lo mismo lo que es de “Dominio Público” como su nombre indica ese contenido cinematográfico o audiovisual NO pertenece a alguien que sea dueña de sus derechos y por lo tanto como su nombre indica pertenece a TODO el mundo, o lo que es lo mismo a TODO el público en general. Cuando una obra de lo que sea, ya sea literaria, musical, cinematográfica o de lo que sea es de Dominio Público o libre de derechos, de ella se puede hacer todo el uso que uno quiera hacer de ella pues simplemente no pertenece a nadie. Luego esos films mudos que tienes si verdaderamente son de dominio publico al no tener ningún copyright, derechos de autor… con ellos puedes hacer lo que te plazca, exhibirlos en su integralidad a un público, cobrar entrada (allá tu conciencia y es que hay gente para todo…), usar un solo fotograma, todos los fotogramas o imágenes en todo medio que te plazca, en un documental de tu creación (ahí ya tú eres dueña de tu creación y puedes cobrar si quieres pues estás en tu derecho), en un libro que edites y pongas a la venta… vamos en TODO lo que te la “real” gana.
Eso si, antes de nada tienes que estar más que segura al 1000% de que ese material que quieres usar está 100% libre de derechos y de dominio público para no llevarte sorpresas de última hora. Pero repito, todo lo que es de dominio público no está sujeto a ningún derecho de autor, ni copyright ni nada pues nadie es propietario de ese material y como tal es libre y de todos y como tal se le puede dar el uso que la gente quiera.
Como “briconsejo” te puede decir que consultes y te asegures bien en las listas de films que ya están de dominio público. En la Wiki creo que hay una lista de films norteamericanos.
En el cine hay casos raros y excepcionales donde por ejemplo las imágenes son de dominio público pero su banda sonora o canciones empleadas no lo son pues tienen derechos de autor en vigencia y en ese caso hay que tener especial atención.
Por si te interesa saber y ampliar conocimientos cinematográficos te puedo citar un ejemplo muy llamativo y fue la cinta de culto de George A. Romero de “La Noche de los Muertos Vivientes” de 1968 donde al sacar las copias de 35mm para su distribución el laboratorio en cuestión cometió el error de no indicar en ningún fotograma que la obra estaba protegida con copyright y derechos de autor y con ese garrafal error todas las copias fueron distribuidas para su explotación y todo cine y aquel que se hizo con una copia ya era dueño de ella y podía proyectarla tantas veces como quisiera sin el autor de la cinta recibir NI un solo duro!