Pago de AJD al elevar a público un contrato privado de compraventa.

Hola, en 2012 compré una vivienda de VPPL en la Comunidad de Madrid, en notaría hicimos una elevación a público de un contrato privado de compraventa (la vivienda la compre a la promotora durante la construcción de la misma en 2010)

La Gestoría me tramitó el pago de los AJD en la que puso que el acto jurídico por el que se tributaba era una compraventa sujeta a IVA por el que me aplicaron el tipo del 0,5%

Recientemente he recibido una autoliquidación de la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid en la que se me dice que que el tipo de impositivo es incorrecto y que se debía haber aplicado el 1% ya que no se trata de una compraventa sujeta a iva sino de una elevación publica de un contrato privado de compraventa. El caso es que me reclaman la diferencia de lo que pagué a lo que debería haber pagado más los correspondientes intereses de demora.

En la legislación de la Comunidad de Madrid dice que la compra de una vivienda de entre 120.000€ y 180.000€ tributa un 0,5% de AJD

mi pregunta es si es correcto la aplicación del 0,5% que me hizo la Gestoría o si por el contrario tiene razón la administración y el pago por la elevación a público de un contrato privado de compraventa es del 1%

Muchas Gracias.

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