Que se puede considerar como una instalación no permanente finca rústica?
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He estado leyendo sobre la normativa urbanística de mi ayuntamiento sobre terreno no urbanizable. Con una superficie superior a 2000 metros se permite hacer una instalación ganadera o agricola no permanente. ¿Qué se podría entender como tal? Mi intención es hacer un pequeño establo-cobertizo para un par caballos que tengo y hacer una cerca a modo de picadero. ¿Utilizar materiales como la madera se consideraría no permanente?
2 Respuestas
Respuesta de Ignacio BD
Respuesta de José Ángel Abella