El derecho a la concreción horaria es del trabajador, no de la empresa, por lo tanto es usted quien tiene el derecho a proponer el horario que más le interese según sus necesidades. Por lo tanto, si la empresa le quiere imponer otro horario, no tiene porqué aceptarlo y puede presentar demanda al respecto, la cual se tramita mediante el procedimiento urgente por lo que el juicio se celebraría en poco tiempo.
Por otra parte, no pueden cambiarle de localidad sin motivo, sobre todo si tal decisión ha sido adoptada como consecuencia de su solicitud de reducción de jornada, por lo que esa medida sería declarada nula.
En definitiva, podría considerarse que su empresa no estaría cumpliendo con la legislación laboral, por lo que puede hacer valer sus derechos o bien directamente frente a la empresa o mediante la interposición de una demanda. No obstante, tenga en cuenta que la demanda por reducción de jornada tiene que presentarse en un plazo de 20 días desde que le notificaron la denegación de su proposición de concreción.
Si necesita asesoramiento al respecto, no dude en contactar con nosotros sin ningún compromiso.