Cuando la sentencia es firme
Buenos días,
Tras obtener sentencia favorable estimando todas las pretensiones, pero sin pronunciamiento en costas, presentamos recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, únicamente sobre las costas y basándonos en la jurisprudencia de la propia Audiencia. La otra parte por, aprobó en junta de propietarios no recurrir, por lo tanto aceptan la sentencia.
Pregunto : La parte de la sentencia que no está recurrida, ¿cuando se convierte en firme?
Puede la Audiencia Provincial pronunciarse sobre la parte de la sentencia que no está recurrida o debe pronunciarse únicamente sobre el único punto recurrido "pronunciamiento en costas"
Gracias por una respuesta sobre las dos preguntas.
Cordiales saludos