Cambio titular acciones por defunción
Hola, cuando mi padre falleció tenía un fondo de inversión y unas acciones, ahora queremos ponerlo todo a nombre de mi madre y el banco nos ha dado un formulario para rellenar con dos opciones. Una opción es adjudicarlas en pago de derechos en la sociedad conyugal y la otra opción es en pago de derechos hereditarios. En el banco me dicen que es decisión nuestra, pero no entendemos cual es la diferencia entre una y otra y ¿cual sería la mejor para mi madre?. En el banco me hablan cómo si nosotros supiesemos de éstos temas y cada vez que salgo de allí salgo con más dudas que cuando entré. Gracias.