Donde se reflejan perdidas patrimoniales pendientes de años anteriores
En el pasado Ejercicio de 2013, realicé la venta de DEUDA SUBORDINADA, con pérdidas patrimoniales generadas en más de 1 año.
Reflejé dichas pérdidas en el Impuesto, quedando pendiente una cantidad para deducir en los 4 años posteriores (que aparecía en la casilla 367 del Impuesto).
Mi pregunta es:
En el Impuesto del Ejercicio 2014...¿En qué apartado y número de casilla debo reflejar el importe pendiente de deducción?