¿Se puede habilitar parada de ascensor en entresuelo?

Tengo un negocio en un entresuelo de un edificio con dos ascensores pero sin parada en nuestra planta. Llevamos toda la vida soportando los gastos del ascensor como un vecino cualquiera pero sin el servicio. Cuando exponemos que debido a las nuevas leyes de eliminación de barreras para personas con movilidad reducida queremos abrir una parada, toda la comunidad vota en contra, a excepción de los entresuelos. ¿Tengo derecho a abrir la parada? ¿Necesito la aprobación de la comunidad? ¿Debo ir a juicio? ¿Quién debe correr con los gastos? ¿Debo seguir pagando las parte correspondiente al mantenimiento y luz de los ascensores si no tengo servicio? Gracias

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